REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 21 de julio de 2008.

198º y 149º

Recibido por distribución, constante de tres (03) folios útiles el escrito y los recaudos constantes de ocho (08) folios. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley. En consecuencia, de conformidad con lo solicitado por los cónyuges: IRIS GRACIELA COLMENARES QUINTERO y DOUGLAS JOSE MONCADA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-12.231.197 y V-12.632.785, respectivamente, de este domicilio y hábiles. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria dos (2) juegos de copias certificadas mecanografiadas del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifiquese al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.- El Juez (fdo ilegible) Josué Manuel Contreras Zambrano.- La Secretaria (fdo ilegible) Jocelynn Granados Serrano.

Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/mr.-

En la misma fecha se libó la boleta para el Fiscal y se entregó a la Alguacil.
20.001