REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCIA DE HEVÍA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Fría, martes veintiséis de febrero de dos mil ocho.
197° y 149°.
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana KATY CAROLINA CHACÍN actuando con el carácter acreditado en autos de fechas 13-02-2008 y 22-02-2008 (Folios 94 y 97), mediante la cual solicita se notifique al ciudadano JESÚS ALFREDO CÁNCHICA, para tratar lo relacionado con el aumento de la pensión de su hijo (omitido art. 65 LOPNA), asimismo para tratar lo concerniente al pago de las facturas presentas a los folios 95-96, tomando en consideración el debido proceso, consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Juzgado dicta AUTO PARA MEJOR PROVEER, en consecuencia este Tribunal acuerda: 1.) Suspender el lapso de para dictar SENTENCIA, 2.) Librar oficio al ciudadano Comandante y Jefe del Batallón Fuerte “MOROTUTO”, vía El Esfuerzo, Parroquia La Palmita, Municipio Panamericano, Estado Táchira, a los fines de que haga comparecer a este Tribunal urgentemente al sargento JESÚS ALFREDO CÁNCHICA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.940.158, el día 11 de marzo de 2008 a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para tratar asunto relacionado con el aumento de la obligación alimentaria de su hijo (omitido art. 65 LOPNA) y pago de varias facturas de gastos médicos presentadas por la ciudadana KATY CAROLINA CHACÍN. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.
El Juez,

Abg. Luis Julio Gutiérrez
La Secretaria,

Abg. Thais K. González S.

LJG/TKGS/maco.-