DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de: DEIBY JOSE ROSALES GUEVARA, de nacionalidad Venezolana, de quien se desconocen demás datos, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de: JULIO CESAR SANDOVAL MEDINA, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.990.463; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, Regístrese, Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial