REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 15 de enero de 2.008
196º Y 147º
ASUNTO No.- 7C-6645-06

IDENTIFICACION DE LAS PARTES
FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO: Abogada FABIANA RINCON DE ARAUJO, Fiscal segunda del Ministerio Público.

IMPUTADO: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, nacido en fecha 11 de agosto del año 1.969, de 39 años, auxiliar de almacén, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda, calle 1.- 1-5, Unidad Vecinal, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira.
VICTIMA: MAYLY YAMILETH GAMEZ CHACON, venezolana, residenciada en la Urbanización San Sebastián, bloque B-2 apartamento 24, Estado Táchira.

DEFENSA: DEFENSOR PRIVADO: Abogado: JOSE AGUSTIN SANCHEZ CHAUSTRE

DELITO: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17, LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA.

En fecha 15 de enero del año 2.006, el ciudadano: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, llego a la casa donde cohabita con la denunciante y sus dos hijos, en estado de ebriedad, empezó hacer escándalo e insultar a su pareja, tomo la tv y lo destrozo, se lanzo contra su pareja y la golpeo, tipificándose el delito de violencia física, previsto y sancionado en el artículo 17, LEY SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, tal y como consta en el escrito de denuncia que riela al cuerpo del presente expediente signado con el No.- 7C-6645-06, exponiendo la precitada denunciante las circunstancia de modo lugar y tiempo en que se sucedieron los hechos y señalando a su pareja como la persona que intervino en los mismos, por lo que la fiscalia encargada inicio su labor investigativa, arrogando como resultado la acusación interpuesta por parte de la FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO.

Vista el acta de AUDIENCIA PRELIMINAR, de fecha 17 de JULIO del año 2.006, de la presente causa signada con el No.- 7C-6645-06, por admisión de los hechos se decretó LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al IMPUTADO: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, nacido en fecha 11 de agosto del año 1.969, de 39 años, auxiliar de almacén, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda, calle 1.- 1-5, Unidad Vecinal, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira.

RELACION DE LOS HECHOS.
Por lo anteriormente expuesto, observa este Tribunal que el ciudadano: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda, calle 1.- 1-5, Unidad Vecinal, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, ya identificada, admitió los hechos que le fueron imputado, solicitando la imposición de la pena y la correspondiente suspensión condicional del proceso, por el delito anteriormente indicado, fijándosele plazo de régimen de prueba de SEIS (6), MESES, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo los imputados cumplir con las siguientes condiciones:
- Presentarse UNA VEZ cada dos (2), meses ante el Tribunal de la causa, por intermedio de la oficina de alguacilazgo, por el lapso de UN (1), AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal.
- Prohibición de amenazar a la victima: MAYLY YAMILETH GAMEZ CHACON, y sin agresiones físicas ni verbales.

Por cuanto el Tribunal observa, que el imputado de autos, cumplió las condiciones impuesta por el Tribunal, tal y como se evidencia del oficio No.- ALG/ 3549-07, de fecha 9 de diciembre del presente año 2.007, proveniente de la oficina de alguacilazgo, donde se refleja el RECORD DE PRESENTACIONES, del imputado: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, nacido en fecha 11 de agosto del año 1.969, de 39 años, auxiliar de almacén, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda, calle 1.- 1-5, Unidad Vecinal, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira, en acta que corre inserta al folio 52, oficio No.- ALG/ 35496-07, de fecha 9 de diciembre del presente año 2.007, proveniente de la oficina de alguacilazgo, en tal virtud, se demuestra suficientemente que el imputado cumplió el lapso de presentaciones impuesto, por lo que el Tribunal, por lo que consecuencialmente pasa a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: JESUS ARTURO SANCHEZ OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 10.150.884, nacido en fecha 11 de agosto del año 1.969, de 39 años, auxiliar de almacén, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda, calle 1.- 1-5, Unidad Vecinal, Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira.

ABG. CIRO HERACLIO CHACON LABRADOR
JUEZ, SEPTIMO DE CONTROL


ABG. LUCY MAIRENA MARQUEZ.



Expediente: No.- 7C-6645-06.