REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 15 de enero de 2.008
196º Y 147º
ASUNTO No.- 7C-4565-05

IDENTIFICACION DE LAS PARTES
FISCALIA VIGECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO: Abogada OLGA LILIANA UTRERA SANABRIA, Fiscal del Ministerio Público.

IMPUTADOS:
LUIS ALFREDO GUERRERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 9.216.054, nacido en fecha 24 de AGOSTO del año 1.965, de 42 años, ingeniero industrial, residenciado en la calle 10 N0.- 10-53, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira.

DEFENSA: DEFENSOR PUBLICO: Abogada: DORICELY DELGADO DUGARTE Defensora Pública.

DELITO: abuso sexual a adolescente, previsto y sancionado en el artículo 260, de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE , en

VICTIMA: ADOLESCENTE: ANYI GONZALEZ JOVES, venezolana, menor de edad de 12 años de edad.
Vista el acta de AUDIENCIA PRELIMINAR, de fecha miércoles 08 de noviembre del año 2.006, de la presente causa No.- 7C- 4565-005, por admisión de los hechos se decretó LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al IMPUTADO: LUIS ALFREDO GUERRERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 9.216.054, nacido en fecha 24 de AGOSTO del año 1.965, de 42 años, ingeniero industrial, residenciado en la calle 10 N0.- 10-53, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira.

RELACION DE LOS HECHOS.

En fecha 07 de febrero del año 2.003, la adolescente: ANYI GONZALEZ JOVES, venezolana, menor de edad de 12 años de edad, para la época de los hechos, junto con su progenitora, denuncia el hecho de que en horas de la mañana cuando la adolescente de dirigía al liceo Gonzalo Méndez, cunado un sujeto que la seguía en un carro vino tinto la llamo, pero ella no le hizo caso, fue cuando el sujeto salio del carro y la agarró por la fuerza, y la metió al carro y empezó a manosearla y besarla, ella se defiende y le da un mordiscó en la cara, como consta en el escrito de denuncia que riela al cuerpo del presente expediente signado con el No.- 7C-5465-05, exponiendo la precitada adolescente las circunstancia de modo lugar y tiempo en que se sucedieron los hechos y señalando la persona que intervino en los mismos, por lo que la fiscalia encargada inicio su labor investigativa, arrogando como resultado la acusación interpuesta por parte de la FISCALIA VIGECIMA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL CIRCUITO JUDICIAL, PENAL DEL ESTADO.

Por lo anteriormente expuesto, observa este Tribunal que el ciudadano: IMPUTADO: LUIS ALFREDO GUERRERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 9.216.054, Admitió los hechos que se fueron imputado, solicitando la imposición de la pena y la correspondiente suspensión condicional del proceso, por el delito anteriormente indicado, fijándosele plazo de régimen de prueba de UN (1), AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo el imputado cumplir con las siguientes condiciones:
- Presentarse cada tres (3), meses ante el Tribunal de la causa, por intermedio de la oficina de alguacilazgo, por el lapso de un (1), año, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.
- Prohibición de comunicarse con la victima.

Por cuanto el Tribunal observa, que el imputado de autos, cumplió las condiciones impuesta por el Tribunal, tal y como se evidencia del oficio No.- ALG/3116-07, de fecha 17 de noviembre del año 2.007, proveniente de la oficina de alguacilazgo, donde se refleja el RECORD DE PRESENTACIONES, del imputado: LUIS ALFREDO GUERRERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 9.216.054, en tal virtud, se demuestra suficientemente que el imputado cumplió el lapso de presentaciones impuesto, por lo que el Tribunal, por lo que consecuencialmente pasa a decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA.

DISPOSITIVA

Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano: LUIS ALFREDO GUERRERO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No.- V.- 9.216.054.

Notifíquese de la presente decisión y remítase las actuaciones al Archivo Judicial, una vez firme la presente decisión.



ABG. CIRO HERACLIO CHACON LABRADOR
JUEZ, SEPTIMO DE CONTROL




ABG. LUCY MAIRENA MARQUEZ.




Expediente: 7C- 5465-05.