En el día de hoy, martes quince de enero de dos mil ocho, siendo las 9:30 a.m. se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el ciudadano LUIS EDUARDO REY GARCÍA, titular de la C.I. N° V-5.028.681, asistido por el abogado en ejercicio LUIS FREDDY RODRIGO HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 97.694, e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble ubicado en la Avenida Principal de Pueblo Nuevo, signada con el N° P-3-143, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE que ocupa la ciudadana AURA EMILIA FERNÁNDEZ RAMÍREZ, consistente en una casa para habitación, ubicada en la dirección antes indicada, cuyos linderos y medidas son: NORTE, con propiedad que es o fue de Armando Ochoa, mide 4,50 metros; ESTE, con propiedad que es o fue de Armando Ochoa, mide 4,50 metros; SUR, con propiedad que son o fueron de Armando Ochoa, mide 40 metros; y OESTE, con propiedad que es o fue de Armando Ochoa, mide 40 metros; a su propietario LUIS EDUARDO REY GARCÍA, titular de la C.I. N° V-5.028.681; medida ésta decretada en el JUICIO que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO se sigue en el expediente N° 5097 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales Dtgdo Jackson Gamboa, placa 2227 y el Cabo 2° Franklin González, placa 1474, éste último adscrito a la Brigada de Acciones Especiales (BAE). Se encuentra presente la ciudadana AURA EMILIA FERNÁNDEZ RAMÍREZ, titular de la C.I. N° V-1.534.591, en su carácter de demandante y ocupante del inmueble, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Articulo 49, Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la Comisión conferida por el Juzgado Comitente, é impone a la Notificada su obligatoriedad de proceder al retiro inmediato proceder al retiro inmediato de todos los bienes muebles y pertenencias que se encuentran dentro del presente inmueble; hecho lo cual la Notificada procedió al retiro de los bienes muebles, para lo cual la parte actora suministró transporte y personal para llevar a efecto el traslado de los mismos a la dirección que indique la Notificada. En este estado el Tribunal le hace entrega formal del inmueble al ciudadano LUIS EDUARDO REY GARCÍA, ya identificado, libre de personas, bienes y cosas, quien lo recibe conforme en el estado en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:40 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
LUIS EDUARDO REY GARCÍA
El ABOGADO ASISTENTE,
LUIS FREDDY RODRIGO HERNÁNDEZ
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
Dtgdo. JACKSON GAMBOA
CABO 2° FRANKLIN GONZÁLEZ
LA NOTIFICADA Y OCUPANTE,
AURA EMILIA FERNÁNDEZ RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO
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