REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
ESTADO TACHIRA
JUZGADO DEL MUNICIPIO AYACUCHO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN JUAN DE COLON, DIEZ DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

198° Y 148°
EXPEDIENTE N° 1154-07

Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos CONSUELO HAYDEE RODRIGUEZ RAMIREZ Y JOSE MANUEL POVEDA que corre al folio 10 de la presente causa, partes que conforman la presente causa, por medio de la cual informan:

“… Por cuanto nosotros estamos viviendo juntos y el padre de mis hijos…..esta asumiendo los gastos del hogar…”
este Tribunal para decidir, observa:

PRIMERO: La presente causa se contrae a Pensión de Alimentos a favor del Adolescente POVEDA RODIRGUEZ, y por cuanto de la declaración realizada por las partes intervinientes en la presente causa, se evidencia que el obligado de autos se encuentra asumiendo los gastos del hogar, este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Resuelve: