REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.

San Cristóbal, 29 de Enero de 2008
197° y 148°
SENTENCIA N°
EXPEDIENTE N° 53.877
MOTIVO: Declaración de Únicos y Universales Herederos.
SOLICITANTES: Gloria Calderón Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.755.851, actuando en su nombre y en representación de sus hijos, adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), venezolanos de doce (12), y seis (06) años, identificados con partidas de nacimiento N° 1041, 530 y 529, en su orden, expedidas por la Primera Autoridad Civil del Municipio Ayacucho, Estado Táchira.

En escrito presentado por ante este Tribunal, en fecha 26 de noviembre de 2007, la ciudadana: Gloria Calderón Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.755.851, actuando en su nombre y representación de sus hijos: adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , venezolano de doce (12 años, identificado con partida de nacimiento N° 1041, de fecha 25 de octubre de 1995, niños (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), (Gemelos) de seis (06) años de edad, identificados con partidas de nacimientos N° 529 y 530, de fecha 27 de julio de 2001, expedidas por la Primera Autoridad Civil del Municipio Ayacucho, solicitó DECLARATORIA DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: FRANKLIN ALFREDO AYALA, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 8.095.404 y falleció ab intestato en fecha 05 de octubre de 2007, según consta de Acta de Defunción N° 180, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Ayacucho, Estado Táchira. Junto con el escrito el solicitante consignó copia certificadas de las partidas de nacimiento de los hijos y de la solicitante, copia certificada del acta de Defunción y acta de matrimonio.
En fecha 28 de noviembre de 2007, se admite la solicitud acordando Oír dos testigos, Notificar a la Fiscal el Ministerio Publico y practicar cualquier diligencia que a juicio del tribunal sea pertinente.
En fecha 14 de enero de 2008, comparecen los testigos, ciudadanos NELLY CHACON GRANADILLO Y ANDREA SANCHEZ CHACON, quienes manifestaron conocer de vista, trato y comunicación a la familia Ayala Calderón, y el señor Franklin Alfredo Calderón, falleció el día 05/10/2007, y que era esposo de la ciudadana Gloria Calderón de Ayala, ellos tuvieron tres hijos de nombre (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA).
En fecha 23 de Enero de 2008, se agregó al presente expediente boleta de Notificación debidamente firmada por la Fiscal Especializada (f-12).
Visto que se encuentran cumplidos los requerimientos exigidos por el Tribunal, vistos los documentos agregados en el expediente, entre los cuales figuran el acta de defunción del de cujus, acta de matrimonio y copia de las partidas de nacimiento de sus hijos, (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), y notificada debidamente la Fiscal Especializada de Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento civil DECLARA a la ciudadana GLORIA CALDERÓN DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.755.851, al adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , venezolano de doce (12) años, identificado con partida de nacimiento N° 1041, de fecha 25 de octubre de 1995, y a los niños (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), (Gemelos) de seis (06) años de edad, identificados con partidas de nacimientos N° 529 y 530, de fecha 27 de julio de 2001, expedidas por la Primera Autoridad Civil del Municipio Ayacucho, SUFICIENTE PARA ASEGURARLOS COMO CONTINUADORES JURÍDICOS del ciudadano FRANKLIN ALFREDO AYALA, quien en vida se identificaba con Cédula de Identidad N° V- 8.095.404 y falleció ab intestato en fecha 05 de octubre de 2007, según consta de Acta de Defunción N° 180, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Ayacucho, Estado Táchira y quien tenía su domicilio en la Urbanización los Ceibos, Bloque 1, Apto 02-02, Colon, Estado Táchira. Quedan a salvo los derechos de terceros conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Entréguese el original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. En San Cristóbal a los 29 de enero de 2008.


Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

El Secretario.-



Sentencia N° 149
Exp. N° 53.877
Declaración de Únicos y Universales Herederos.
delia.-