En el día hábil de hoy, Once (11) de Enero de 2008, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el ciudadano JULIO ALBERTO ARAQUE ROMERO, titular de la cédula de identidad V-4.210.695, el apoderado de la parte actora ciudadano RAFAEL ENRIQUE BONILLA GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.311.889, con Inpreabogado Nro.13.117, como se evidencia de instrumento poder apud acta de fecha 30 de noviembre de 2.007, que corre en los folios 42 y 43 del presente asunto, el Presidente y apoderado de la parte demandada ciudadano NORFIN VICENTE CASTILLO NIETO, titular de la cédula de identidad Nro.V-4.447.325, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 86.134, tal como consta en acta constitutiva de la empresa demandada que corre a los folios 30 al 34 del presente asunto. Concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, se logró la siguiente mediación sobre los conceptos demandados: La parte demandada pagará al ciudadano JULIO ALBERTO ARAQUE ROMERO, titular de la cédula de identidad V-4.210.695, la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs.F.2.663,33), que serán cancelados en dos cuotas iguales de UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.f. 1.331,66), pagaderas en las siguientes fechas: 08-02-2008 y 25-02-2008, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a favor del Trabajador, por prestaciones sociales ni por ningún otro concepto. En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
LA JUEZ


BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO