REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 08 de enero de 2008.

197º y 148º

Recibido por distribución, constante de un (03) folios útiles el escrito y los recaudos constantes de un (29) folios. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges: WILMER ANTONIO PEREZ PORRAS y MARILU CHACON DE PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.653.516 y V-9.132.263, respectivamente, de este domicilio y hábiles. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los cónyuges por mutuo consentimiento, quienes se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación. Expídase por Secretaria dos (2) juegos de copias certificadas mecanografiadas del escrito presentado y del presente auto y entréguese a las partes. Notifique al Fiscal del Ministerio Público, con copia fotostática certificada del escrito de solicitud y del presente auto.-

Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez
Alicia Coromoto Mora Arellano
Secretaria Temporal
JMCZ/nq.-