REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal, 17 de enero de 2008.-
197º y 148º


Firme como se encuentra la sentencia dictada por el a-quem de fecha 03 de diciembre de 2007, EJECUTESE.
Vista igualmente la diligencia de fecha 10 de enero de 2008 (fl.04 del cuaderno de medidas), suscrita por el abogado Felipe Chacón, Inpreabogado Nº 24.439, en su carácter de apoderado judicial del demandado de autos, este Tribunal, en virtud de encontrarse firme la perención decretada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de Esta Circunscripción arriba indicada, LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR y GRAVAR, decretada en fecha 14 de marzo de 2003 y oficiado en esa misma fecha con el Oficio Nº 404. Ofíciese lo conducente.
Por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente.


Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Alicia Coromoto Mora Arellano
La Secretaria Temporal
JMCZ/ebs
Exp.16.346