REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, DIECIOCHO DE ENERO DE DOS MIL OCHO.
197º y 148º
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado JORGE ORLANDO CHACÓN CHAVEZ, con el carácter de apoderado de la parte demandada, en la que informa al Tribunal que en el Expediente N° 29741, llevado por Partición en este Tribunal, se celebró transacción (Partición Amistosa), en fecha 27 de noviembre de 2007, siendo debidamente homologada el día 05 de diciembre de 2007; inserta en el presente expediente desde el folio 11 al 30 ambos inclusive en copia debidamente certificada por la Secretaria de este Despacho, en la que se solicita también la homologación del presente expediente y se ordene el levantamiento de la medida y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal, el 23 de abril de 2003 y notificada a la oficina de registro con oficio N° 0860-647 de esa misma fecha, notifíquese lo conducente. Se da por terminado el presente juicio, hecho lo cual archívese el expediente.

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA




En la misma fecha se oficio bajo el N° 0860-106


IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
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