REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 26 de Agosto de 2008

 NIEGA: REGIMEN ABIERTO
 PENADO: DELGADO LIZARAZO OSCAR
 CAUSA: N° 3E-2080

Vista la solicitud de Destino a Régimen Abierto del penado: DELGADO LIZARAZO OSCAR, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-13.550.292, y con residencia en Sabana Larga, calle Principal, numero 1-45, Detrás de la estación de servicio la cordillera Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 67 y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, este Tribunal pasa a resolver bajo las siguientes consideraciones:

I

PRIMERO: Al folio 130 corre inserta Sentencia definitivamente firme, dictada por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Táchira de fecha 23 de Septiembre de 2004, en la cual impuso al penado DELGADO LIZARAZO OSCAR la pena de OCHO (08) AÑOS, CUATRO (04) MESES, QUINCE (15) DIAS Y DIEZ (10) HORAS DE PRISION, por el delito de ROBO AGRAVADO, LESIONESN PERSONALES INTENCIONALES LEVES AGRAVADAS Y AMENAZAS.

SEGUNDO: Corre inserto al folio 256 cómputo de Pena de fecha 256, en el que consta, que el penado DELGADO LIZARAZO OSCAR cumplió un tercio de la pena, tiempo exigido para el otorgamiento del Beneficio solicitado.

TERCERO: corre inserto en folio 231 antecedente penales del penado DELGADO LIZARAZO OSCAR

CUARTO: Corre inserto al folio 274 Informe Evaluativo N° 979 elaborado por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Número 3 del Estado Táchira, en el que se emite pronóstico DESFAVORABLE del cual cabe destacar:


PRONOSTICO: El Equipo Técnico considera que el penado no reúne las condiciones para disfrutar de la medida solicitada em virtud de los siguientes criterios:
.- Presenta mediano nível de autocrítica al justificar su mal proceder.
.- Intolerância ante la frustración.
.- Hay recurrencia delictual.
.- No exhibe progresividad intramurps.

CONCLUSIÓN: INFORME DESFAVORABLE.
II

Al respecto, este Tribunal observa:

Ahora bien, analizado el Informe Evaluativo que contiene PRONÓSTICO DESFAVORABLE sobre el comportamiento futuro del penado DELGADO LIZARAZO OSCAR y analizado el contenido de dicho informe en todos y cada uno de los aspectos que comprende: la Evolución del Caso y Conclusión, considera este Juzgador, que lo procedente negarle el Destino a Establecimiento Abierto, ya que el mismo no cumple con los requisitos requeridos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, considera este Tribunal improcedente el otorgamiento a DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO al penado DELGADO LIZARAZO OSCAR en virtud de que no se encuentran satisfechos los requisitos exigidos por la ley para su otorgamiento; Asimismo no se encuentran agregados los antecedentes penales ni la solicitud de los mismos.

III

Por los fundamentos expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY
PRIMERO: NIEGA EL DESTINO A RÉGIMEN ABIERTO AL PENADO DELGADO LIZARAZO OSCAR, Venezolano, titular de la cedula de identidad V-13.550.292, y con residencia en Sabana Larga, calle Principal, numero 1-45, Detrás de la estación de servicio la cordillera Estado Táchira, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente Estado Táchira por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, trasládese al penado, notifíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.




ABG. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERO DE EJECUCION





Abg. MARIA ALEJANDRA GUTIERREZ
SECRETARIA
Exp. E3-2080