En el día de hoy miércoles trece (13) de agosto de Dos Mil Ocho (2008), siendo las 09:30 am, se traslado el JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA y se constituyó al frente de un galpón, ubicado en la carrera 14, con esquina de la calle l5, Barrio el Topón de esta ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del estado Tachira, a fin de cumplir con la comisión emanada del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, por juicio de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, librado en el expediente N° 5529, incoado por el Abogado: FRANKLIN ALBERTO PINEDA CARVAJAL, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.253.547, contra los ciudadanos: JOSE LUIS IABICHELA, ANTONIO JOSE IABICHELA BARRIOS, MARIA EUGENIA IABECHELA CHACON, JOSE ANTONIO IABECHELA MANTILLA y JUDITH SIOMARA LABRADOR DE IABECHELA, plenamente identificados en autos. Constituido el Tribunal Ejecutor de Medidas, en el citado galpón y a los fines de practicar el Inventario sobre el mismo, con la presencia del Abogado: FRANKLIN ALBERTO PINEDA CARVAJAL, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.430.369, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.153, domiciliado en San Cristóbal del Estado Táchira, y aquí de tránsito, en su carácter de de apoderado judicial del ciudadano: JOSE LUIS BARRIOS, ya identificado. Seguidamente el apoderado actor solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal Ejecutor, expuso: “Solicito a este Juzgado Ejecutor de Medidas, practique el inventario decretado por el Tribunal de la causa sobre este galpón”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas, procede al inventario del referido galpón el cual se observo en su parte externa que se encontraba deshabitado sin persona que laboraran dentro del mismo; y de conformidad con los Artículos 921 y 922, del Código de Procedimiento Civil, procede a nombrar a dos testigos, ciudadanos: ZAMBRANO JESÚS ANTONIO y MATTIE LIEBANO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-1.909.811 y V-4.110.680, respectivamente, de este domicilio de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira; y así se procede a medir el citado galpón por su parte externa, constatando las siguientes medidas: OESTE, carrera catorce (14), mide veintinueve metros con veinte centímetros (29,20,mts); NORTE, con la calle cinco (5), mide cuatro metros con veinte centímetros (4,20,mts); ESTE, prolongación de la carrera 15, mide dieciséis metros con noventa centímetros (16,90,mts); y por el SUR, divide una pared de ladrillo y bloques y se observa que el citado galpón esta construido en forma de triangulo, con paredes pisadas, ladrillo y frisadas, techo de zinc canal ancho con estructura metálica, dos (02) portones metálicos de color gris, uno se utiliza como garaje, se observaron seis (06) ventanas entre el techo y la pared, de material de hierro; en la pared que da por la carrera (14), existe una caja metálica de color marrón para la colocación de medidores de energía eléctrica, el mencionado galpón se observa en regular estado de conservación. No se fue posible ingresar a la parte interna del galpón por estar herméticamente cerrado con cerraduras sus dos portones y ningún ocupante atendió a las llamadas. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, declara legalmente practicado el inventario decretado por el Juzgado de la causa, ya antes mencionado en la presente acta, se declara concluido el presente acto y acuerda regresar a su sede a las 10:30 am, se acuerda dejar copia fotostática certificada de estas actuaciones para su respectivo archivo. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ EJECUTOR TITULAR:

DR. RAMON ALI MENDEZ VASQUEZ


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:

ABG: FRANKLIN ALBERTO PINEDA CARVAJAL


TESTIGOS:
ZAMBRANO JESÚS ANTONIO MATTIE LIEBANO ANTONIO
ESTAMPADO EL SELLO DEL TRIBUNAL


EL SECRETARIO
WILLIAM F. ZAMBRANO Z.
Comisión N° 628/2008