JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, siete de Agosto de dos mil ocho.
198º y 149º
Vista la Transacción celebrada por el abogado PATROCINIO MEJÍA OJEDA, Apoderado Judicial de la ciudadana ANA AGUSTINA GUERRERO NIÑO, parte demandante, por una parte y por la otra parte la ciudadana GLORIA INES SALCEDO BARRERA, parte demandada en la presente causa, asistida por la abogada LEDY QUINTERO GARCÍA, en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA por el abogado PATROCINIO MEJÍA OJEDA, Apoderado Judicial de la ciudadana ANA AGUSTINA GUERRERO NIÑO por una parte y por la otra parte la ciudadana GLORIA INES SALCEDO BARRERA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA TEMPORAL
YILDA ROSITA CACIQUE
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