JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete de Agosto de dos mil ocho.
198º y 149º

Vista la diligencia de fecha 04 de agosto de 2008, suscrita por el abogado JENDER CHACÓN, con el carácter acreditado en autos, mediante la cual en cumplimiento al auto dictado en esta misma fecha, consigna copia certificada de las partidas de nacimiento de los hijos de la fallecida ciudadana ELBA MARÍA MENESES de TORREALBA, en consecuencia, de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos JUNIOR JOSÉ MENESES, ESTEBAN MANUEL, FRANCIS EDILMAR y BRENDA CATHERINE TORREALBA MENESES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.999.806, 16.224.563, 16.421.993 y 19.975.739, respectivamente en su carácter de hijos de la ciudadana ELBA MARÍA MENESES de TORREALBA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.032.585, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA TEMPORAL

YILDA ROSITA CACIQUE