Flor A.
Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, cinco de agosto de dos mil ocho.
198° y 149°
Visto el escrito presentado por los ciudadanos JOSEFA LIGIA CÁRDENAS BARRAGAN, parte demandante, asistida por el Abogado JOSÉ ELÍAS DURÁN TOLOZA, y los ciudadanos ROSA DELIA CARRILLO DE COLMENARES, PEDRO JOSÉ COLMENARES CARRILLO y SANDRA ISABEL COLMENARES CARRILLO, parte co-demandada, asistido por la Abogada HEILY NIETO COLMENARES, en el cual los codemandados antes mencionados convienen en la demanda y renuncian a los lapsos procesales, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley sólo en lo que respecta a los ciudadanos ROSA DELIA CARRILLO DE COLMENARES, PEDRO JOSÉ COLMENARES CARRILLO y SANDRA ISABEL COLMENARES CARRILLO, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.
La Juez Titular

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

Exp. N° 33373