Flor A.
Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, cuatro de agosto de dos mil ocho.
198° y 149°
Vista la diligencia de fecha 26 de junio de 2008, suscrita por el Abogado LEÓN ALEXIS CONTRERAS PÉREZ, en su carácter de apoderado de la parte demandante, GANADERÍA CANTACLARO S.A. (GANACASA), por una parte y por la otra, PEDRO ANTONIO BORRERO GARCÍA, quien actúa en nombre y representación de la Empresa INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CRISTAL C.A., asistido por el Abogado JULIO A. MORA CUELLAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.274 y/o el Abogado RÓMULO ERASMO HERNÁNDEZ BARRIENTOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 18.782, parte demandada, e igualmente la diligencia de fecha 29 de julio de 2008, suscrita por el Abogado LEÓN ALEXIS CONTRERAS PÉREZ, apoderado de la parte demandante, y el ciudadano PEDRO ANTONIO BORRERO GARCÍA, asistido por el abogado JULIO ARSENIO MORA CUELLAR, en su carácter de representante de la Empresa INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES CRISTAL C.A., en la que ratifican la TRANSACCIÓN CELEBRADA POR LAS PARTES en fecha 26 de junio de 2008 y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.
La Juez Titular

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ


Exp. N° 30755