REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
198° Y 148º

En fecha 27/02/2008; este tribunal dio entrada al presente Recurso Contencioso Subsidiariamente del Recurso Jerárquico, procedente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), constante de ciento treinta y ocho (138) folios útiles, signándolo bajo el expediente Nro. 1567, interpuesto por el ciudadano JEAN CARLOS CHACÓN NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.626.400, en su condición de Vicepresidente de la Sociedad Mercantil “AUTOS CARONI, C.A.”, con su última modificación inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nro. 42, tomo 6-A, de fecha 03 de Mayo del 2006, con Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-30454002-7, con domicilio fiscal en la calle 14, sector Barrio Obrero, entre carrera 20 y 21, casa Nro. 14-70, San Cristóbal, Estado Táchira, asistido en este acto por el abogado RAMÓN ANTONIO LORENZO ECHEVERRIA, inscrito en el IPSA bajo el N° 59.825.
En fecha 29/02/2008; se tramito el presente expediente, ordenando las notificaciones mediante oficios al: Gerente General de Servicios Jurídicos del SENIAT, al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela, al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, todas debidamente practicadas a los folios ciento cuarenta y nueve (149); ciento cincuenta y nueve (159); ciento sesenta y uno (161); ciento sesenta y tres (163) y ciento sesenta y nueve (169 ).
En fecha 12/05/2008; se halla auto de avocamiento de la Juez Titular a la presente causa Abogada Ana Beatriz Calderón Sánchez. (F-150).
En fecha 15/07/2008; se observa diligencia de la representante de la República Bolivariana de Venezuela la abogado Mexy Yajaira Castro Fernández, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 53.129, en la cual solicita a este tribunal se tenga como parte en la presente causa y consigna el poder donde se desprende tal representación y en esta misma fecha presentó escrito de oposición a la admisión de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. (F- 170 al 178).
I
VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS
Del folio 01 al 07; se hallan copias certificadas de auto de área recursos jerárquicos; Resolución del Jerárquico Nro. 0240, de fecha 30/11/2007 emanado por el Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del SENIAT y Acta de Recepción del Recurso Subsidiario.
Del folio 8 al 10; se encuentran copias certificadas de las planillas para pagar Nros. 051001225001725; 051001225001726; 051001227001502; 051001227001503 y Registro de Información Fiscal Nro. J-30454002-7, a nombre de la recurrente.
Del folio 11 al 19; riela Escrito de Interposición del presente Recurso Contencioso Subsidiariamente del Recurso Jerárquico ante la administración y copias de la cédula y carnet del Abogado Ramón Antonio Lorenzo Echeverría, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 59.825.
Del folio 20 al 27; se observan copias certificadas de la Notificación de las planillas de liquidación; Resolución de Imposición de Sanción Nro. 560, de fecha 27/06/2007; planillas de liquidación Nros. 1725, 1503, 1502, 1726, todas notificadas en fecha 07/09/2007.
Del folio 28 al 48; se encuentran copias certificadas del documento constitutivo y sus posteriores modificaciones de la Sociedad Mercantil “AUTOS CARONI, C.A.” copia de la cédula de identidad del ciudadano Jean Carlos Chacón Niño, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.626.400.
Del folio 49 al 56; se halla copias certificadas de la Notificación de las planillas de liquidación; Resolución de Imposición de Sanción Nro. 560, de fecha 27/06/2007; planillas de liquidación Nros. 1725, 1503, 1502, 1726, todas notificadas en fecha 07/09/2007. Siendo valorada del folio 20 al 27.
Del folio 57 al 138; rielan copias certificadas de: Providencia Administrativa Nro. 3139, de fecha 17/05/2007; Acta de Requerimiento; Acta de Recepción y Verificación; Registro de información fiscal Nro. J-30454002-7; documento constitutivo y sus posteriores modificaciones de la Sociedad Mercantil “AUTOS CARONI, C.A..”, factura; recibos de consignación; planilla de pago forma 26, 28; relación de libro de compras mazo 2007; libro de ingresos por comisiones; libro de compras; facturas; asientos actuales; libro de Balance General al 31/12/2005; libro de Estado de Resultados desde 01/01/2005 al 31/12/2005; libro Inventario Final al 31/12/2005; Balance General al 31/12/2006; Acta de Recepción y Verificación; planilla del SIVIT; Resolución de Imposición de Sanción Nro. 3139/03, de fecha 22/06/2007; Acta de Clausura; Acta de Apertura de Establecimiento; Tabla Resumen de Liquidaciones; Informe Fiscal; Auto Cierre de Expediente Administrativo y Oficio Nro. 118, de fecha 20/02/2008, en el cual remite la administración el presente expediente.
Todos los documentales anteriores son valorados de conformidad con lo establecido en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil y de ellos se desprende que evidentemente el presente recurso no cumple con lo dispuesto en el articulo 266 numeral 1 del C.O.T. y que el mismo fue interpuesto fuera del lapso.
II
Siendo la oportunidad legal para decidir sobre la admisibilidad del presente recurso, conforme lo establecen los Artículos 266 y 267 del Código Orgánico Tributario, el Tribunal observa:
Este tribunal pasa a pronunciarse, sobre la oposición a la admisión del Recurso formulada por la Abogada MEXY YAJAIRA CASTRO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.099.925, inscrita en el IPSA bajo el N° 53.129, actuando como representante de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, realiza oposición y procede a impugnar la caducidad del plazo para ejercer el recurso:
En relación a lo anterior este tribunal observa que de las actas se desprende que el recurrente interpuso dicho recurso por ante la administración en fecha 24/10/2007 (F-07) y la resolución fue notificada en fecha 07/09/2007, como se puede determinar al folio veinticuatro (24), a la ciudadana YENNIFER NATHALIE LAGOS SUAREZ, la cual no es Director o Administrador de la mencionada Sociedad Mercantil, razón por lo cual, se le conceden los cinco (05) días más de despacho, según el Articulo 164 en concordancia con el artículo 162 numeral 2 del Código Orgánico Tributario. Se observa entonces que desde el día hábil siguiente a la notificación y el día de la interposición de recurso, transcurrieron evidentemente más de treinta (30) días hábiles, considerando el lapso para la interposición del recurso.
En este sentido, tal como consta en autos y del contenido de la motiva de esta decisión, el recurrente no interpuso el recurso en el lapso establecido en el artículo 261, en concordancia con los artículos 164 y162 numeral 2 del Código Orgánico Tributario. Siendo esta la primera causal de inadmisibilidad de conformidad con el artículo 266, numeral 1, del Código Orgánico Tributario, el cual prevé:
“Son Causales de inadmisibilidad del recurso:
1. La caducidad del plazo para ejercer el Recurso...”

Es con base a las anteriores consideraciones, se declara con lugar la oposición y en consecuencia inadmisible por extemporáneo el recurso contencioso tributario. Y así se decide.
III
DECISIÓN
Vistas las anteriores consideraciones, resulta el presente recurso manifiestamente intempestivo, por lo cual debe declararse la inadmisibilidad del mismo recurso, y así se declara, en consecuencia ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA OPOSICION realizada por la República Bolivariana de Venezuela, representada judicialmente por la Abogada MEXY YAJAIRA CASTRO FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.099.925, inscrita en el IPSA bajo el N° 53.129, en consecuencia se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO EL PRESENTE RECURSO, contra la Resolución del Imposición de Sanción Nro. 0560, de fecha 27/06/2007, emanada por el Jefe de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región los Andes del SENIAT, a nombre de la Sociedad Mercantil “AUTOS CARONI, C.A.”, con su última modificación inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nro. 42, tomo 6-A, de fecha 03 de Mayo del 2006, con Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-30454002-7, con domicilio fiscal en la calle 14, sector Barrio Obrero, entre carrera 20 y 21, casa Nro. 14-70, San Cristóbal, Estado Táchira, representada por el ciudadano JEAN CARLOS CHACÓN NIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.626.400, en su condición de Vicepresidente de la mencionada Sociedad Mercantil, asistido en este acto por el abogado RAMÓN ANTONIO LORENZO ECHEVERRIA, inscrito en el IPSA bajo el N° 59.825..
.Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Ofíciese a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas (distribuidor), a los fines de que practique la notificación al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los ocho (08) días del mes de Agosto del año dos mil ocho (2008). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.


ANA BEATRIZ CALDERON SÁNCHEZ.
JUEZ TITULAR
ANA MARIA ROA SIERRA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.











Exp N° 1567.
ABCS/YJMZ