REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

San Cristóbal, 23 de Abril de 2008
Visto el escrito presentado por las ciudadanas LIC. CARMEN GUARACHE y la ABG. YRMA ROJAS, Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo del estado Carabobo y la Delegado de Prueba del Penado, mediante el cual solicita que se otorgue al penado DUEÑEZ GUERRERO EDGAR permiso para no pernoctar en el centro ya que el horario de trabajo no se lo permite, asimismo hacen saber que el penado ha cumplido con las presentaciones ante la delegado de prueba.
Se encuentra agregada a la causa copia de las prestaciones sociales de la empresa SUMINISTRO VENEZUELA C.A del penado DUEÑEZ GUERRERO EDGAR y constancia de trabajo.
Por lo anteriormente expuesto ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA. DECIDE: Otorgar le permiso al penado DUEÑEZ GUERRERO EDGAR, para que no pernocte en el Centro de Tratamiento den de cumple el Régimen Abierto por el lapso de 60 días..
Déjese copia, regístrese y Notifíquese.


Abg. ISBETH SUAREZ BERMUDEZ
JUEZ TERCERA DE EJECUCIÓN


Abg. PATRICIA SIERRA H.
El SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Causa N° E3-2396