San Cristóbal, 29 de Abril del año 2008
197° y 148°
CAUSA N°: El-156
Ref.: Auto que decreta EXTINCIÓN DE LA PENA
Por cuanto se recibió Informe Final N° 1639, suscrito por el Equipo Técnico de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 3, San Cristóbal, Estado Táchira, procede este Tribunal a resolver lo concerniente al penado MIGUEL ÁNGEL PÉREZ FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 9.211.499, este Tribunal para decidir observa:
Consta en las actuaciones que el penado por el Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Táchira fue condenado a la pena de Quince (15) años, cuatro (04) meses, Once (11) días, dos (02) horas y cuarenta (40) minutos de presidio, por la comisión de los delitos de Secuestro, Robo a Mano Armada y Porte Ilícito de Arma, ahora bien, este Juzgador evidencia que en el caso sub examine que el penado ha dado fiel cumplimiento a las condiciones que se le impusieron para otorgar el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL, dictada en decisión de fecha 26 de marzo de 2003, por éste Tribunal, según se desprende del Informe Final, atinente al penado MIGUEL ÁNGEL PÉREZ FERNANDEZ, emitido por la Unidad Técnica N° 3 de Apoyo al Sistema Penitenciario de San Cristóbal, Estado Táchira; es por lo que este Tribunal observa, que el penado, ha cumplido la condena que le impuso el Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Táchira fue condenado a la pena de Quince (15) años, cuatro (04) meses, Once (11) días, dos (02) horas y cuarenta (40) minutos de presidio, por la comisión de los delitos de Secuestro, Robo a Mano Armada y Porte Ilícito de Arma, en consecuencia, debe declararse la extinción de la responsabilidad criminal correspondiente y la libertad plena de dicho ciudadano, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 105 del Código Penal. Así se decide.
En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, por cuanto el ciudadano MIGUEL ÁNGEL PÉREZ FERNANDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 9.211.499, dio cumplimiento efectivo a la condena impuesta por el Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Táchira, por lo tanto decreta la libertad plena y la extinción de la responsabilidad criminal respecto de dicho ciudadano, todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal.
En San Cristóbal, a los veintinueve (29) días del mes de Abril del año dos mil ocho. Cópiese, notifíquese y remítase la presente causa al Archivo Judicial, cúmplase,
JORGE OCHOA ARROYAVE
Juez
ELDA ROMAYBA VIELMA
Secretaria
JOA/erv.
Causa N° E1-156
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