REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

San Cristóbal, 07 de Abril de 2008




Vista la solicitud planteada por la fiscalia del ministerio publico en fecha 25 de Marzo de 2008 mediante oficio N° 20F5-0930-2008 conforme a la cual solicitan se decrete la medida cautelar innominada de inamovilidad de dinero sobre la cuenta bancaria N° 0007-0061-46-0010018740 a nombre de ZUHGEIL GOMEZ PEÑA titular de la cédula de identidad V- 14.435.273 del Banco Banfoandes por cuanto manifiesta la Fiscal del Ministerio Publico que en la cuenta antes referida se encuentran fondos provenientes del delito el cual fue estafado a la victima. Este Tribunal para decidir lo solicitado OBSERVA: Que en fecha 24 de Mayo del 2007 la Fiscalia del Ministerio Publico ordeno el inicio de la investigación de un hecho punible de acción publica por cuanto en fecha 18 de Mayo del mismo año el ciudadano JEAN CARLOS MARQUEZ ANDRADE interpuso denuncia por ante la sub delegación San Cristóbal del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. El código orgánico procesal penal en su articulo 550 remite al Código de Procedimiento Civil la aplicación de las normas relativas a las medidas preventivas relacionadas con el aseguramiento de bienes muebles e inmuebles y el Código de Procedimiento Civil en su articulo 585 y siguientes establece que se decretaran las medidas cuando exista riesgo de que quede ilusoria la ejecución del fallo previa existencia de una presunción de esta circunstancia; podrá este Tribunal acordar cualesquiera de las disposiciones complementarias para asegurar la efectividad y el resultado de la medida, en consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: DECRETAR LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE INAMOVILIDAD DE DINERO SOBRE LA CUENTA bancaria N° 0007-0061-46-0010018740 a nombre de ZUHGEIL GOMEZ PEÑA titular de la cédula de identidad V- 14.435.273 del Banco Banfoandes. Líbrese los oficios y notificaciones respectivos.

EL JUEZ,


ABG. HILDA MARIA MORA R


EL SECRETARIO,

ABG. HECTOR OCHOA HERNANDEZ.