REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 23 de abril de 2008.
198° y 149º

Vista la conciliación suscrita entre los ciudadanos JIMÉNEZ NIÑO CARLOS ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.019.123 y IRIS YULEIMA ARIAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-11.109.074, a favor del niño (se omite el nombre), en fecha 22 de abril de 2008, que riela a los folios 20, en el expediente N° 1716-06, por obligación de manutención y por cuánto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese la correspondiente autorización. Cúmplase.
El Juez Titular,



Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía

La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas

En la misma fecha se notificó al Fiscal Especializada.

La Sria,



pedro