En el día hábil de hoy, Dos (02) de abril de 2008, siendo las 11 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, el apoderado judicial de la parte demandada ciudadano JOSÉ ANDRÉS ROA ROA, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.815.893, con Inpreabogado Nro.89.953, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Cuadragésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Federal, en fecha 09 de mayo de 2.007, anotado bajo el Nro.34 tomo 27, que presenta en original en este acto para su vista y devolución, dejando para ser agregado al expediente copia fotostática debidamente para ser certificada por la secretaria de este Tribunal, se deja expresa constancia que la parte actora los ciudadanos RONAL EDUARDO DÍAZ RAMÍREZ, JEAN CARLOS DURÁN MANTINIELLE, LUIS ALEXANDER FIGUEROA CAPACHO, JOSÉ LUIS RAMÍREZ ONTIVEROS y CRISTÓBAL ASCENIO ROMERO, con cédulas de identidad Nros. V-17.502.558, V-19.492.195, V-14.776.635, V-14.264.475 y V-6.334.317 en su orden, no comparecieron a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por los ciudadanos RONAL EDUARDO DÍAZ RAMÍREZ, JEAN CARLOS DURÁN MANTINIELLE, LUIS ALEXANDER FIGUEROA CAPACHO, JOSÉ LUIS RAMÍREZ ONTIVEROS y CRISTÓBAL ASCENIO ROMERO, con cédulas de identidad Nros. V-17.502.558, V-19.492.195, V-14.776.635, V-14.264.475 y V-6.334.317 en su orden, contra La empresa SEGURIDAD JOS C.A. (SEGUJOSCA), en la persona de sus Gerentes ciudadanos RICARDO JOSÉ ARROYO RAMÍREZ, MICHELL ÁNGEL ALFARO SÁNCHEZ y MIGUEL ALFARO ROMERO, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-2.765.916, V-10.002.987 y V-3.958.164 en su orden, por Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ


BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO