JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.

PARTE DEMANDANTE(S): GAMIR ANTONIO ZAMBRANO GONZALEZ y ALICIA PEREZ DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.006.176 y V-3.009.128, respectivamente.

MOTIVO: Divorcio por Ruptura prolongada de la vida en común.

En escrito presentado por los ciudadanos GAMIR ANTONIO ZAMBRANO GONZALEZ y ALICIA PEREZ DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.006.176 y V-3.009.128, anteriormente identificados, cónyuges entre sí, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JORGE JESUS MENDOZA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo los N° 111.042, solicitaron el divorcio por Ruptura Prolongada de la vida en común alegando tener más de cinco años sin convivir de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.

Admitida la solicitud por auto de fecha 24 de marzo de 2008, se acordó la citación del Ministerio Público.

Por cuanto no hubo objeción, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN formulada por los ciudadanos GAMIR ANTONIO ZAMBRANO GONZALEZ y ALICIA PEREZ DE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.006.176 y V-3.009.128, respectivamente; en consecuencia, queda disuelto el vinculo matrimonial contraído entre los solicitantes por acto celebrado el 30 de junio de 1971, por ante la Prefectura Civil del Municipio Arias, Distrito Libertador, Estado Mérida, según acta Nº 69, conforme a lo previsto en el artículo 184, en concordancia con el contenido del artículo 185-A ambos del Código Civil.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para del archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil ocho.


Abg. Diana Beatriz Carrero Quintero
Juez Temporal
Abg. Iris Margiore Rojas Alarcón
Secretaria

En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, a las once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.), del día de hoy.


Abg. Iris Margiore Rojas Alarcón
Secretaria

Exp. Nº 6269