REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
197° Y 149°
El 28 de febrero de 2008, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región los Andes publicó sentencia N° 1333, en la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la ciudadana Morella del Carmen Monsanto Bellorín, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.929.356, actuando en su carácter de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil Inversiones Monsanto Bellorín C.A.
Ahora bien, de la lectura del mencionado fallo, se puede observar que, el Tribunal incurrió en un error material, toda vez que en la página 17, en el dispositivo de la sentencia, se ordenó lo siguiente:
1.- SIN LIGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la ciudadana MORELLA DEL CARMEN MONSANTO BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.929.356, actuando en su carácter de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MONSANTO BELLRIN C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal No. J-30197003-9, domiciliada en la Avenida Universidad con Calle Confederación N° 216-1, Cafinca II, Barinas, Estado Barinas, asistida por el abogado Miguel David Arrieta Zinger, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el NRO. 38.711, en consecuencia:

Verificada la falta involuntaria, se procede a su corrección para la idónea aplicación del fallo. En razón de ello, se hace su modificación, cambiándose por el siguiente texto:
1.- CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por la ciudadana MORELLA DEL CARMEN MONSANTO BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.929.356, actuando en su carácter de Gerente Administrativo de la Sociedad Mercantil INVERSIONES MONSANTO BELLRIN C.A., inscrita en el Registro de Información Fiscal No. J-30197003-9, domiciliada en la Avenida Universidad con Calle Confederación N° 216-1, Cafinca II, Barinas, Estado Barinas, asistida por el abogado Miguel David Arrieta Zinger, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el NRO. 38.711, en consecuencia:
Por lo antes expuesto, este tribunal, actuando como director del proceso y en atención al artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, procede a corregir el error material incurrido en el dispositivo N° 1333, del 28 de febrero de 2008. Así se decide.
DECISION
En los términos antes expuestos, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región los Andes, administrando justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, corrige el error material cometido en el fallo N° 1333 del 28 de febrero de de 2008.
Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia de este Tribunal signada con el N° 1333, del 28 de febrero de de 2008, en el expediente 1333.
NOTIFÍQUESE, al Procurador de la República Bolivariana de Venezuela según lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela y al Contralor de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el 65 de Ley de la Contraloría General de la República. Ofíciese a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales de Municipio del Área Metropolitana de Caracas (distribuidor), a los fines de que practique la notificación al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los dos (02) días del mes de abril Dos Mil ocho. Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

MARIA IGNACIA AÑEZ CARDOZO
JUEZ TEMPORAL

BLANCA ROSA GONZÁLEZ GUERRERO
LA SECRETARIA
En la misma fecha se libró oficios Nros: 0683-08, 684-08 y 0685-08 siendo las (9:30 am.) se publicó la anterior sentencia dejándose copia para el archivo del Tribunal.

LA SECRETARIA
Exp. 1333
ABCS/Yorley