JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiuno de abril de dos mil ocho.

196º y 147º

JUEZ INHIBIDA: Abogada Yittza Contreras Barrueta, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Se recibieron en este despacho previa distribución, las presentes actuaciones relacionadas con la inhibición presentada por la abogada Yittza Contreras Barrueta, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
En las copias certificadas que conforman el presente expediente, constan las siguientes actuaciones:
- A los folios 1 al 9 riela libelo de la demanda interpuesta por la ciudadana Ela Concepción Martínez de Borrero contra el ciudadano Pedro Antonio Borrero García, por divorcio y consiguiente liquidación y partición de la comunidad de gananciales.
- Al folio 10 corre diligencia de fecha 27 de marzo de 2008, mediante la cual la ciudadana Ela Concepción Martínez de Borrero confirió poder apud acta al abogado Miguel Ángel Guillén Rojas.
- Al folio 11 riela acta de inhibición de fecha 01 de abril de 2008, suscrita por la abogada Yittza Contreras Barrueta, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
- Al folio 12 corre inserto auto de fecha 07 de abril de 2006, dictado por el referido Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, por medio del cual, vencido el lapso de allanamiento, acuerda remitir copias fotostáticas certificadas del libelo de demanda, del poder que le fuera conferido al abogado Miguel Ángel Guillén Rojas y del propio auto, al Juzgado Superior distribuidor a los fines legales consiguientes. Asimismo, acordó remitir el expediente original al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil (Distribuidor), a fin de que continúe la causa.
En fecha 17 de abril de 2008 se recibieron las presentes actuaciones en este Juzgado Superior como consta en nota de Secretaría (f. 15); y por auto de la misma fecha se le dio entrada e inventario (f. 16).

LA JUEZ PARA DECIDIR CONSIDERA:


La abogada Yittza Contreras Barrueta, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se inhibe de seguir conociendo la causa signada con el Nº 7605-2007 de la nomenclatura de ese Despacho, contentiva del juicio por divorcio intentado por Ela Concepción Martínez de Borrero contra el ciudadano Pedro Antonio Borrero García, en virtud de que la demandante otorgó en fecha 27 de marzo de 2006 poder apud acta al abogado Miguel Ángel Guillén Rojas, a quien ella le confirió también poder especial para su representación judicial, en calidad de juez, autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 22 de mayo de 2006, anotado bajo el N° 34, Tomo 107, por lo que se considera incursa en la causal 13° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Establece la mencionada norma lo siguiente:
Artículo 82: Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes:
….Omissis...

13° Por haber recibido el recusado, de alguno de ellos, servicios de importancia que empeñen su gratitud.

Ahora bien, aun cuando de la revisión de las actas procesales se observa que dentro del legajo de copias certificadas remitidas a este Juzgado Superior a los fines de la resolución del asunto, no consta la copia del mencionado poder otorgado al abogado Miguel Ángel Guillén Rojas, a que hace referencia la Juez inhibida, no obstante, se tiene como cierto lo aseverado por ella, considerando esta sentenciadora que el hecho alegado efectivamente configura la causal establecida en la citada norma, por lo que resulta forzoso declarar con lugar la presente inhibición. Así se decide.
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición presentada por la abogada Yittza Contreras Barrueta, Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Remítase con oficio N° 0570-138, copia certificada de la presente decisión a la Juez Inhibida.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la decisión para el archivo del Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, archívese el expediente.
La Juez Titular,

Aura María Ochoa Arellano
La Secretaria,
Abg. Fanny Ramírez Sánchez
En la misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, previas las formalidades de Ley, siendo las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.), dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. Nº 5775