REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

EXPEDIENTE N° 2777-07.

ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE PENSION DE ALIMENTOS

OFERENTE: JEAN CARLOS MACHADO.

OFERIDA: SANDRA LOPEZ DE MACHADO.

En el día de hoy, treinta (30) de abril de 2007, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30) los ciudadanos JEAN CARLOS MACHADO, titular de la cédula de identidad Nº 15.779.747 y SANDRA LOPEZ DE MACHADO, mayor de edad, titular de la cédula Nº 15.881.655, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE PENSION DE ALIMENTOS. Se da inicio al acto por el Juez Temporal. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana SANDRA LOPEZ DE MACHADO, quien expuso: “Estoy de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el padre de nuestro hijo y solicito igualmente se fijen cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000ºº) y sea aperturada cuenta de ahorros para el deposito de la pensión de alimentos.” Es todo, Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Jean Carlos Machado, quien manifestó: “Estoy de acuerdo en fijar cuotas para los meses de agosto y diciembre por la cantidad de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000ºº)”. En este estado el Tribunal le informa a las partes que los gastos de medicina y médico deben ser cubiertos en igual de condiciones por ambos progenitores. Es todo. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente ofrecimiento comenzara a regir a partir del 01 de mayo de 2007. Es todo, se leyó y conformes firman
EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ


JEAN CARLOS MACHADO


SANDRA LOPEZ DE MACHADO
EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ