REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN, RAFAEL Y URDANETA

EXPEDIENTE N° 2764-07.

ACTO CONCILIATORIO POR FIJACION DE PENSION DE ALIMENTOS

DEMANDANTE: LILIBETH CAROLINA ZAMBRANO ROMERO.

DEMANDADO: ZOILO RAFAEL SAYAGO VIVAS.

En el día de hoy, TRES (03) de ABRIL de 2007, siendo las nueve y treinta de la mañana ( 09:30 AM), presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos ZOILO RAFAEL SAYAGO VIVAS, mayor de edad, titular de la cédula Nº 9.143.368 y LILIBETH CAROLINA ZAMBRANO ROMERO , titular de la cédula de identidad Nº 11.111.305, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR FIJACION DE PENSION DE ALIMENTOS, A FAVOR DEL NIÑO CESAR ENRIQUE SAYAGO ZAMBRANO . Se da inicio al acto por el Juez Temporal. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano ZOILO RAFAEL SAYAGO VIVAS, quien manifestó: “Que estoy de acuerdo con lo solicitado por la ciudadana LILIBETH CAROLINA ZAMVBRANO ROMERO, en la cantidad de doscientos mil bolívares ( Bs. 200.000ºº ) mensuales y en las cuotas para los mese de agosto y diciembre en igual cantidad, que se apertura la cuenta de ahorros para el deposito de la pensión de alimentos, la cual consignare los días 15 de cada mes. ” Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al la ciudadana LILIBETH CAROLINA ZAMBRANO ROMERO, quien manifestó “Esta de acuerdo con el ofrecimiento hecho por el padre de mi hijo, solicito la apertura de la cuenta de ahorros” Es todo. En este estado el Tribunal le informa a las partes que los gastos por concepto de medico y medicina, deben ser compartidos en igual de condiciones, por cada uno de los progenitores, es decir el 50% cada uno. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. La presente fijación de pensión de alimentos comenzara a regir as partir del 01 de abril de 2007. Es todo, se leyó y conformes firman

EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ


ZOILO RAFAEL SAYAGO VIVAS


LILIBETH CAROLINA ZAMBRANO ROMERO

EL SECRETARIO TITULAR

ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ