REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO DEL MUNICIPIO
CORDOBA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
PARTE DEMANDANTE: MERCEDES VARELA DE SANDOVAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.491.036, domiciliada en: vía San Joaquín N° 11, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira, actuando en su carácter de progenitora de la adolescente: BERTHA LEONELA y los niños LUZ ESTHER, DIANA CAROLINA y MARIA DEL CARMEN SANDOVAL VARELA, de 14, 09, 06 y 04 años de edad.
PARTE DEMANDADA: PASCUAL SANDOVAL, Colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-920.658, domiciliado en: vía San Joaquín N° 11, Santa Ana, Municipio Córdoba, Estado Táchira.
MOTIVO: DESISTIMIENTO DE LA PENSION DE ALIMENTOS

EXPEDIENTE N° 385

En fecha de 13 de marzo del 2007, se recibió diligencia del ciudadano PASCUAL SANDOVAL, donde manifestó que actualmente vive con su esposa Mercedes Varela de Sandoval, cumpliendo con los deberes como padre de familia, por lo que pidió sea citada su esposa a fin de que manifieste sobre el cumplimiento en cuanto a la manutención de sus hijos.
Al folio 37, se dicto auto por este Despacho en el que se acordó citar a la Ciudadana MERCEDES VARELA DE SANDOVAL.
Al folio 39, cursa boleta de citación firmada por la ciudadana MERCEDES VARELA DE SANDOVAL.




Al folio 40, cursa diligencia de los Ciudadanos PASCUAL SANDOVAL y MERCEDES VARELA, donde informan a este Despacho que se han reconciliado desde el mes de octubre del 2006, por lo que piden el cierre del expediente por cuanto esta cumpliendo con todos los deberes inherentes al hogar, se encuentra trabajando y cumple con todo y han estado muy bien.
Ahora bien, el tribunal a los fines de proveer observa:
1° Que las partes son las dueñas del proceso y que el Estado solo debe intervenir cuando no exista acuerdo entre las partes involucradas; sin embargo en el caso de autos, se trata de materia de orden público en el cual también está interesado en que los padres den cabal cumplimiento a sus deberes u obligaciones frente a sus hijos.
2° Se valora igualmente la manifestación de la madre en cuanto a que se reconcilió con el padre y por tanto espera que el padre cumpla voluntariamente con todas las obligaciones inherentes como Padre de Familia.

PARTE DISPOSITIVA

En consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA:
PRIMERO: CON LUGAR el desistimiento solicitado por los Ciudadanos: PASCUAL SANDOVAL y MERCEDES VARELA DE SANDOVAL.
SEGUNDO: SE DA POR TERMINADO EL PROCEDIMIENTO y se ordena el ARCHIVO del expediente.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. ROSARIO ELENA DUQUE

LA SECRETARIA,

ABOG. CLAUDIA L., SIERRA J.
Mait.-