REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 24 de abril de 2007.
197° y 148º
Vista la conciliación, celebrada por ante este Despacho, en el expediente N° 1.119-02, por obligación alimentaria entre los ciudadanos GIANNCARLO MORA ESCALANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.708.639 y NAKARY MOROS RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.992.658, a favor de la niña (Se omite el nombre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Catorce Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese nueva autorización. Cúmplase.-
El Juez Temporal,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
En la misma fecha se notificó al Fiscal Catorce Especializado Para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-484.
La Sria,
Exp. 1119-02
PAGP/Jhony.-