GADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiséis (26) de abril de dos mil siete.
AÑOS: 197° y 148°
Vista la diligencia presentada en fecha 24 del presente mes y año, suscrita por la abogada LYUDMILA EMILIA VASQUEZ DUQUE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No.49.905, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante Sociedad Mercantil INMOBILIARIA SOFITASA C.A., inserta al folio 14 del expediente No.11.105, mediante la cual desiste de la demanda y solicita la entrega de las letras de cambio que corren agregadas a los folios 03 y 04 del expediente; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; en tal virtud. procédase al desglose de las letras de cambio consignadas conjuntamente con la demanda, que corren a los folios 03 y 04 del expediente y hágase entrega a la parte demandante, dejando en su lugar copia fotostática certificada de las mismas y archívese el expediente, dejando copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.


Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank A. Villamizar Rivera
Secretario
En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las dos de la tarde, quedando
El Secretario

deisyF.
Exp.11.105-06