JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintiséis de Abril del año dos mil siete.

197º y 148º

Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de (21) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a las ciudadanas GERARDP JOSE MURZI COLMENARES, IGNACIO MURZI COLMENARES, HUGO ENRIQUE MURZI COLMENARES, HERNANDO MURZI COLMENARES, HELENA CAROLINA MURZI PORRAS y ALFREDO JOSE MURZI PORRAS, hijos y como su viuda AURA ELENA PORRAS DE MURZI el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano HUGO ENRIQUE MURZI MATAMOROS, con cédula de Identidad Nº V-60.056. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.