JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal,  Veintiséis de Abril del año dos mil siete.
 
 
197º    y   148º
 
 
	Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de  (21) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a las ciudadanas GERARDP JOSE MURZI COLMENARES, IGNACIO MURZI COLMENARES, HUGO ENRIQUE MURZI COLMENARES, HERNANDO MURZI COLMENARES, HELENA CAROLINA MURZI PORRAS y ALFREDO JOSE MURZI PORRAS, hijos y como su viuda AURA ELENA PORRAS DE MURZI el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano HUGO ENRIQUE MURZI MATAMOROS, con cédula  de Identidad Nº V-60.056. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. 
 
LA  JUEZ TEMPORAL
 
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
 
              LA SECRETARIA
 
ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.
 
 
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