JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 16 de Abril de dos mil siete.
196º y 148°
Vistas las diligencias suscritas en fecha 28 de Marzo de 2007, por la abogada SORAYA MORENO MELGAREJO, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ( Folio 17) y en fecha 23 de Marzo de 2007 ( Folio 23 y vuelto) suscrita por la ciudadana ROSALBA QUINTERO de DABOIN, asistida por la abogada SORAYA MORENO MELGAREGO, mediante la cual desiste del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, se levanta la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por auto de fecha 24 de Noviembre de 2006 y participada con oficio N° 1685 al Registrador Inmobiliario de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira. Líbrese oficio. Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.
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