REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 27 de septiembre de 2006
196º y 147º

Visto el escrito, presentado por el Dr. JESUS ALBERTO SUTHERLAND, actuando en el carácter de Fiscal Sexto Ministerio Público, respectivamente, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:

Según Acta Policial, el día 07 de enero del 2006 los funcionarios Yefri Urbina y Diomar Sandoval, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, se encontró el cadáver de una persona del sexo masculino, presuntamente calcinado, desconociéndose más datos al respecto,…¨.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Consta en Autopsia Nº 028-06, en fecha 07 de enero de 2006, practicada por Medicatura forense de San Cristóbal, a la victima, en la cual se dejo constancia que la causa del deceso, se debió al estado de carbonización en un 100% de la superficie corporal total con perdida de masa encefálica y de vísceras como consecuencia de efecto de las llamas.

Ahora bien, de las actas que conforman la presente causa, se observa que el ciudadano Crispín Colmenares Reyes, según el resultado de la Autopsia practicada, que consta al folio doce (12), se desprende que la causa del deceso fue un estado de carbonización en un 100% de la superficie corporal total con perdida de masa encefálica y de vísceras como consecuencia de efectos de las llamas, ya que los hechos referidos, no encuadran en lo establecido en nuestra norma penal adjetiva, siendo en consecuencia procedente decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse la presente causa al Archivo Judicial.-



ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL




ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ
SECRETARIO


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa Nº 1C-7552-06
Exp. Nro 20-F6-0031-06
CDCI/jcchs

































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 27 de Septiembre de 2006
196º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al Dr. Jesús Alberto Sutherland , actuando en el carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7552-06
Exp. Nro 20-F6-0031-06
CDCI/jcchs

Notificación que hago a los fines legales pertinentes


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

FECHA____________FIRMA_____________HORA____________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al Dr. Jesús Alberto Sutherland, actuando en el carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público, que en esta misma fecha este Tribunal DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7552-06
Exp. Nro 20-F6-0031-06
CDCI/jcchs