REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
San Cristóbal, 19 de Septiembre de 2006
196º y 147º
CAUSA Nº 1C-7503/2006
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
JUEZ: ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
FISCAL: XVIII DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. OSCAR MORA RIVAS
IMPUTADO: DESCONOCIDO
DELITO: AVERIGUACIÓN MUERTE
VÍCTIMA: JONSON LEONIDAS DUARTE ORTIZ
SECRETARIA: ABG. ELIANA L. FERNÁNDEZ PEÑALOZA
Visto el escrito presentado por la Fiscal XVIII del Ministerio Publico del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, para emitir el pronunciamiento correspondiente, previamente OBSERVA:
PRIMERO: Consta en autos Acta de Investigación Penal de fecha 09 de noviembre de 2003, suscrita por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Táchira, en la que se deja constancia que recibieron llamada telefónica de uno de los funcionarios adscritos a la Policía del Estado Táchira, informando que en el sector La Cuchilla se encontraba en el interior de una vivienda el cadáver de una persona de sexo masculino, motivo por el cual se dio inicio a la correspondiente investigación, trasladándose al sitio de los hechos donde fueron atendidos por la ciudadana LUZMARY BACHELOT DUARTE, quien manifestó ser la hermana del occiso, que el mismo había mantenido en los últimos días severos problemas conyugales y que en esa misma fecha le habían informado sobre la muerte de su hermano, así mismo observaron el cadáver de una persona del sexo masculino, en el cual no se apreciaba herida externa, encontrándose a su lado una taza de material sintético contentiva de un liquido de color negruzco, una botella de vidrio contentiva de un liquido transparente y segmentos de papel donde se lee veneno toxico campeón.
SEGUNDO: Consta Experticia Química Nº 9700-061-LCT-4692 de fecha 11 de noviembre de 2003, realizada a los elementos localizados al lado del cadáver descrito en el Acta de Investigación Policial de fecha 09 de noviembre de 2003, en el que se deja constancia que las muestras se trataban de una mezcla homogénea de alcohol, agua y esencias aromáticas y una mezcla de insecticida tipo carbamato y organofosforado, siendo considerada ambas sustancias extremadamente toxicas por ingestión y contacto.
TERCERO: Consta Protocolo de Autopsia Nº 1054-003, de fecha 03 de Diciembre de 2003, suscrita por la Médico Patólogo Forense Dra. Ana Cecilia Rincón Bracho, en la cual deja constancia de lo siguiente: "…Autopsia que le fue practicada en el cadáver de JHONSON LEONIDAS DUARTE ORTIZ …el día 09-11-2003,... EPICRISIS: “Cadáver de adulto varón trasladado a Instituto de Anatomía Patológica sin datos del suceso. Realizada necropsia de ley y en vista de los hallazgos consideramos causa de muerte: INTOXICACIÓN AGUDA POR HERBICIDA...”
En base a lo anteriormente narrado, y analizadas las actuaciones policiales, quien aquí decide considera, que la muerte del ciudadano JHONSON LEONIDAS DUARTE ORTIZ, acaecida el día 09 de Noviembre de 2003, se produjo POR SUICIDIO MEDIANTE INTOXICACIÓN AGUDA POR HERBICIDA, hecho éste que no encuadra en tipo penal alguno de la legislación venezolana, por lo cual, lo procedente en este caso es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la causa por haber operado la causal establecida en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a la petición fiscal y así se decide. En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 1C-7503/2006, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el hecho objeto de la investigación no es típico. SEGUNDO: Una vez cumplido el lapso de Ley, remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Diarícese, publíquese y notifíquese de la presente decisión, de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. Eliana Lucía Fernández Peñaloza
Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-
CAUSA Nº 1C-7503/06.
CDCI/elfp
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 19 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al Fiscal XVIII del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de Personas Desconocidas, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, por cuanto el hecho investigado no es típico, de conformidad con el artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7503-06
Exp Nº 20-F18-1339-03
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Fiscal XVIII del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de Personas Desconocidas, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, por cuanto el hecho investigado no es típico, de conformidad con el artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7503-06
Exp Nº 20-F18-1339-03