REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

San Cristóbal, 18 de Septiembre de 2006
196º y 147º

CAUSA Nº 1C-7462/2006

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

JUEZ: ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
FISCAL: ABG. LUZ DARI MORENO ACOSTA
FISCAL SÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DELITO: LESIONES PERSONALES LEVES
IMPUTADO: GRANADOS ROA EFRAÍN
VÍCTIMA: FLOREZ ÁLVARO WILSON
SECRETARIA: ABG. ELIANA LUCIA FERNÁNDEZ PEÑALOZA

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Procede el Tribunal, en atención a lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, a decidir sobre la petición formulada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 3º del ejusdem, a favor del ciudadano EFRAÍN GRANADOS ROA, por considerar que no es necesario debatir en audiencia oral, los fundamentos de la solicitud.

RELACIÓN DE LOS HECHOS

Consta a los folios 3 al 5 de la presente causa, Acta de Investigaciones Penales por Accidente de Tránsito, signado con el Nº 0046, en la que el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre Nº 61 deja constancia de la ocurrencia de un accidente de tránsito ocurrido el día 18 de enero de 2002, en la carretera vía al Llano, entrada Vega de Aza, Estado Táchira, Estado Táchira, donde resultó lesionado el ciudadano Álvaro Wilson Florez, determinándose que el accidente de tránsito se produce cuando el ciudadano Álvaro Florez, quien conducía un bicicleta, llevado un cuatro de bicicleta en el manubrio, al tratar de hacer la maniobra de cruce hacia la entrada de Vega de Aza, colisionó con el vehículo conducido por el ciudadano Efraín Granados Roa.

Consta así mismo al folio veinte (20) examen médico forense signado con el Nº 9700-164-000491 de fecha 21 de enero de 2002, practicado a la victima de autos, ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, en el que se determinó que el mismo presentó HERIDA CORTANTE SUTURADA EN REGIÓN FRONTAL DERECHA, EXCORIACIÓN EN REGIÓN FRONTAL DERECHA, ameritando nueve (09) días de Asistencia Médica.

Ahora bien, al analizar el escrito presentado por la Fiscalía Séptima del Misterio Público, mediante el cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano Efraín Granados Roa, para emitir el pronunciamiento correspondiente esta Juzgadora, previamente OBSERVA:

PRIMERO: En las actas procesales consta Acta de Investigaciones Penales por Accidente de Tránsito Nº 0046 en la que se deja constancia del accidente de tránsito en el que resultó lesionado el ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, ocurrido el día 18 de enero de 2002, lo cual constituye un punible perseguible de oficio que quedó plenamente comprobado con las actuaciones policiales que cursan en autos, hechos que se adecuan al tipo penal previsto en el artículo 422, numeral 1 del Código Penal, vale decir LESIONES CULPOSAS LEVES, y no como erróneamente lo señala la Fiscalía del Ministerio Público en su escrito de petición al tipificarlo como LESIONES LEVES, sin tomar en cuanta que estamos en presencia de un hecho ocurrido sin haya mediado intención por parte del imputado de autos; ahora bien el delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, comporta una pena aplicable de CINCO a CUARENTA Y CINCO DÍAS DE ARRESTO, con un término medio de VEINTICINCO (25) DÍAS DE ARRESTO, prescribiendo su acción penal, por el trascurso de tres meses, tal como lo prevé el ordinal 7º del artículo 108 ejusdem.

SEGUNDO: Por cuanto el hecho investigado ocurrió el 18 de enero de 2002, sin que se produjere actuación judicial que interrumpiere la prescripción de la acción penal, es dable para la Representación Fiscal, solicitar el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que desde el momento de la comisión del ilícito penal, hasta el día de hoy, han transcurrido, tres cuatro (04) años y ocho (08) meses, por lo que considera este tribunal que la acción penal del hecho investigado ha prescrito, la cual opera por el trascurso de tres meses, de conformidad con la norma sustantiva penal, por lo que considera procedente en este caso, decretar la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y el consecuente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y así se decide.
Con base en lo anteriormente narrado, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 1C-7462/06, seguida en contra del ciudadano EFRAIN GRANADOS ROA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Vencido el Lapso de Ley remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Déjese copia en el archivo del Tribunal y Notifíquese de la presente decisión de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.



Abg. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


Abg. ELIANA LUCÍA FERNÁNDEZ PEÑALOZA.
SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-


CAUSA Nº 1C-7462-06.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-

San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano EFRAÍN GRANADOS ROA, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en perjuicio del ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al Fiscal Séptimo del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano EFRAÍN GRANADOS ROA, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en perjuicio del ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-

San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al Ciudadano GRANADOS ROA EFRAÍN (IMPUTADO), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en perjuicio del ciudadano FLOREZ ÁLVARO WILSON, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02

DIRECCIÓN: Carrera 06, casa Nº 5-50, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira. 0276-3469137.

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.



ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________

PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Ciudadano GRANADOS ROA EFRAÍN (IMPUTADO), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en perjuicio del ciudadano FLOREZ ÁLVARO WILSON, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-

San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN

Se hace saber al ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano EFRAIN GRANADOS ROA, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02

DIRECCIÓN: urbanización Rincón de la Vega, casa Nº 20860, Vega de Aza, Municipio Tórbes, Estado Táchira.

Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.


ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL


FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________


PARA EL NOTIFICADO

Se hace saber al ciudadano ÁLVARO WILSON FLOREZ, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano EFRAIN GRANADOS ROA, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

Causa Nº 1C-7462-06
Exp Nº 20-F7-0055-02