REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 28 de septiembre de 2006.
196º y 147º

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana ANA EURIDES MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.219.528, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, solicita se cierre el expediente y se ordene su archivo; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la solicitante de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación Alimentaría). Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
El Secretario Temporal,

ABG. JOSÉ MANUEL SANDOVAL LABRADOR
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 1:00 p.m., quedó registrada bajo el N° 193, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal XV.

José M. Sandoval L./Secretario Temp.

Exp. Nº 639/2002
mcr/Va sin enmienda