JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veintiocho (28) de septiembre de dos mil seis.
AÑOS: 196° y 147°
Visto el Acto de Composición Voluntaria realizado en fecha 27 de septiembre del año en curso, entre el abogado en ejercicio JOSÉ ALEJANDRO DÍAZ DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.886, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano AARON JESÚS CASTRO TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 10.147.723; y el ciudadano ELISEO DE LEÓN TOSCO, titular de la cédula de identidad N° V- 5-666-484, actuando con el carácter de Director General de la parte demandada Empresa FERRO C.A., de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, bajo el N° 40, Tomo 12-A, asistido por el abogado en ejercicio OSCAR USECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.835; esta Juzgadora una vez revisado el mencionado acto de composición voluntaria, observando que no es contrario a derecho, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado por las partes, se da por terminado el juicio, en consecuencia, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha, siendo las tres de la tarde (03:00 p.m) se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el “N° 154”, en el “Libro de Registro de Sentencias” llevado por este Juzgado en el presente y año.
Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
DarcyS.
Exp N° 8260-01.
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