REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 03.
195° y 147°
SENTENCIA N°
EXPEDIENTE N° 41.791
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento.
SOLICITANTE: Walter Ramón Márquez Gonzalez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 8.110.110, domiciliado en la Urb, Táchira calle Libertad casa N° 9-11, la Concordia Estado Táchira en beneficio de su hija, la adolescente Yeiny Roxana Marquez Contreras, identificada con Partida de Nacimiento N° 1816, de fecha 01 de Julio de 1991, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal Estado Táchira.
En fecha 11 de Mayo de 2.006, se recibió por distribución, escrito mediante el cual el ciudadano WALTER RAMON MARQUEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 8.110.110, debidamente asistido por la abogado Nathaly Bermudez Briceño, en su carácter de Defensor Público para la Protección del Niño y del Adolescente solicitó la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija, la adolescente YEINY ROXANA MARQUEZ CONTRERAS, inserta en el Registro Principal y Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal Estado Táchira, en fecha 01 de Julio de 1.991, bajo el N° 1816, en el sentido que se corrija el error cometido al escribir de manera incorrecta el segundo nombre de la madre colocando: “ISELA”, cuando lo correcto es que debe decir: “YSELA” Junto a su escrito anexo copia de la partida de nacimiento de la cual pide la rectificación, expedida por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal y Registro Principal, copia de la cédula de identidad del solicitante y de la madre.
Dicha solicitud fue admitida por auto de fecha 16 de Mayo de 2.006, en el cual se acordó darle procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil previa notificación de la Fiscal del Ministerio Público, formalidad esta que se cumple en el folio 11.
PARA DECIDIR LA JUEZ PREVIAMENTE CONSIDERA:
U N I C O: Examinada la partida de nacimiento de la adolescente YEINY ROXANA MARQUEZ CONTRERAS, de la cual se pide la rectificación y vistos los recaudos agregados al expediente, se evidencia que se cometió el error señalado, al escribir erróneamente el segundo nombre de la madre colocando: “ISELA”, cuando lo correcto es que debe decir: “YSELA”, y por ser de evidente interés conforme a lo señalado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ordenar la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la adolescente YEINY ROXANA MARQUEZ CONTRERAS, para que en lo sucesivo aparezca correctamente el segundo nombre de la madre como “YSELA”, tal como quedó demostrado, y ASÍ SE DECIDE.


Por lo anteriormente señalado y en el interés superior de la adolescente, esta Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD. En consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 1816 de fecha 01 de Julio de 1991, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, perteneciente a la adolescente YEINY ROXANA MARQUEZ CONTRERAS, en el sentido que aparezca correctamente el segundo nombre de la madre como “YSELA”, de conformidad con lo señalado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Inscríbase esta sentencia en los Libro del Registro Civil de nacimientos llevados por el Registro Civil y Principal del Estado Táchira, estámpese la correspondiente nota marginal en el libro correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los 29 días del mes de Septiembre de 2.006.


Abg. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO.

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.



El Secretario.-




SENTENCIA N°
Exp. N° 41.791.
Rectificación de Partida de Nacimiento.
crisna.-