REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO TÁCHIRA
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nro. 03
195º y 147º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y visto los documentos anexos al escrito de solicitud y cumplido como ha sido lo requerido en el auto de admisión, esta Jueza Temporal Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente Al ciudadano JOSE ORLANDO MANTILLA VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.240.050, para que en nombre y representación de su hija: JOSELI ANDREA MANTILLA CONTRERAS, venezolana de diez (10) años de edad, identificada con partida de nacimientos Nº 910 de fecha 19 de Septiembre de 1996 expedida por la Prefectura del Municipio Cárdenas, para que tramite y gestione por ante cualquier organismo Público, Privado del Estado Táchira, y otros los derechos que le corresponda por la muerte de su madre, la ciudadana ELIZABETH COROMOTO CONTRERAS ARAUJO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V– 10.145.739, quien en vida era Técnico Superior en Computación. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada niña debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 42859 de Cobro de Beneficios.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los días 26 del mes de Septiembre de 2006. Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.
Abog. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ
Juez Unipersonal Nro. 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO.
SECRETARIO
En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
El Secretario.
Exp. Nro. 42859
Crisna.-
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