JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veinte de Septiembre de dos mil seis.

196º y 147º


Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de veintitrés (23) folios útiles, presentada por el ciudadano MIGUEL VIVAS CASTRO, en su carácter de Apoderado de los ciudadanos ELOINA CASTRO DE VIVAS, ALCIRA VIVAS CASTRO, PEDRO VIVAS CASTRO, TERESA VIVAS CASTRO, ANGEL IGNACIO VIVAS CASTRO, JULIO CESAR VIVAS CASTRO, ANTONIO VIVAS CASTRO, GUSTAVO VIVAS CASTRO y ELOISA VIVAS CASTRO, asistido por el Abogado ELIGIO ALEXEY GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.570. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos ELOINA CASTRO DE VIVAS, ALCIRA VIVAS CASTRO, PEDRO VIVAS CASTRO, TERESA VIVAS CASTRO, ANGEL IGNACIO VIVAS CASTRO, JULIO CESAR VIVAS CASTRO, ANTONIO VIVAS CASTRO, GUSTAVO VIVAS CASTRO, ELOISA VIVAS CASTRO y MIGUEL VIVAS CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.448.657, V-2.892.904, V.3.191.320, V-3.426.308, V-4.830.776, V-4.830.777, V-8.110.048, V-8.110.379, V-9.182.174 y V-3.449.803, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano PEDRO ANTONIO VIVAS MALAGUERA, quien era venezolano, mayor de edad, con cédula de Identidad Nº V-1.535.863, domiciliado en Campo Barinas, Municipio Libertador del Estado Táchira, en su carácter de cónyuge la primera de las nombrada y padre de los otros nueve nombrados. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA


LA SECRETARIA


ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERA P. -