JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veintiséis de Septiembre de dos mil seis.-
196º y 147º
Por recibido por distribución constante de dos (02) folios útiles, con anexos constante de veinticuatro (24) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por los ciudadanos ELVIA LUCILA RAMÍREZ CACERES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.180.586; JACKELIN JOSEFA TORES RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.941.494; YISNEY YAXANY TORRES RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.108.358; HUGO CESAR TORRES RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.108.356 y DIEGO RAUL TORRES RAMÍREZ, venezolano, adolescente, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.167.616, debidamente representado por su madre, ELVIA LUCILA RAMÍREZ CACERES, ya identificada, asistidos por la abogado BERTA MARIA LOMBANA SIERRA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 83.900, en el cual exponen que en fecha 28 de Marzo de 2.006, falleció ab-intestato en el Hospital del Seguro Social de la ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a las siete y quince minutos de la mañana el ciudadano HUGO CESAR TORRES, quien en vida fuera venezolano, de Cédula de Identidad N° V-5.530.044, tal y como consta en Acta de Defunción N° 240, de fecha 04 de Abril de 2006, expedida por el Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, acompañado de Justificativo de testigos evacuados por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 09 de Agosto de 2006, y Planilla de Declaración de Sucesiones, expedida por el Ministerio de Hacienda SENIAT. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos ELVIA LUCILA RAMÍREZ CACERES; JACKELIN JOSEFA TORES RAMÍREZ; YISNEY YAXANY TORRES RAMÍREZ; HUGO CESAR TORRES RAMÍREZ y DIEGO RAUL TORRES RAMÍREZ, debidamente representado por su madre, ELVIA LUCILA RAMÍREZ CACERES, ya identificados, en su condición de esposa la primera e hijos los últimos el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido HUGO CESAR TORRES.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-


REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
ISARI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIO TEMPORAL
Elena