Flor A.
Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, veintiuno de septiembre de dos mil seis.
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 18 de Septiembre de 2006, suscrita por el Abogado FÉLIX REYES QUINERO, en su carácter de apoderado de la ciudadana LIGIA MARÍA ZAMBRANO ANGULO, parte actora y el ciudadano JOSÉ ALBERTO RUBIO ARIZA, parte demandada, asistido por el Abogado FELIPE SEGUNDO MONTILLA, la cual contiene TRANSACCIÓN CELEBRADA POR LAS PARTES. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada, así como la medida de embargo ejecutivo. Notifíquese lo conducente al Registrador Inmobiliario Jurisdiccional y a la Depositaria Judicial La Seguridad. Hecho lo cual, se ordena el archivo del Expediente.
La Juez Titular

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Secretaria

IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

En la misma fecha se ofició bajo los Nros. 0860-1303 y 0860-1304.
La Secretaria

IRALI JOCELYN URRIBARRI DÍAZ

Exp. N° 30231