REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO MERIDA. Mérida diez de octubre del dos mil seis.

196° y 147°
Hágase computo por secretaría de los días de Despacho que han transcurrido desde el día 14 de agosto del 2006, exclusive, fecha en que el JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, dicto la decisión en la apelación interpuesta en el presente proceso, hasta el día de hoy inclusive, a los fines de dejar definitivamente firme la misma.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA.


LA SECRETARIA TITULAR
ABG: AMAHIL ESCLANATE NEWMAN


En cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, LA SUSCRITA ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, paso a efectuar cómputo solicitado. Y a tal efecto CERTIFICO: que según consta de los asientos del libro diario, el día 14 de agosto del 2006, exclusive, fecha en que el JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, dicto la decisión en la apelación interpuesta en el presente proceso, hasta el día de hoy inclusive, transcurrieron en este juzgado un total de CATORCE (14) días de despacho, Conste, en Mérida a los diez días del mes de octubre de dos mil seis.-

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE ESTADO MERIDA. Mérida diez de octubre del dos mil seis.-

195° y 146°
Vencido como se encuentra el lapso de la decisión dictada en fecha14 de agosto del 2006, por el JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, decisión de la apelación interpuesta en el presente proceso. En consecuencia este juzgado la declara DEFINITIVAMENTE FIRME, la decisión dictada en fecha 14 de agosto del 2006, por el juzgado anteriormente citado y por cuanto no hay mas actuaciones que practicar ordena el archivo del expediente. Y así se decide.
El JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA




LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN