REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

San Antonio del Táchira, 3 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2006-001663
ASUNTO : SP11-P-2006-001663


RESOLUCIÓN DEL SOBRESEIMIENTO

Visto el escrito presentado por la Abg., TERESA DE JESÚS RODRÍGUEZ VILLEGAS, Fiscal Vigésima Sexta del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano JOSE, sin mas datos de identificación, en perjuicio del adolescente ELIDÍ JOHANA GOMEZ AGUDELO, Venezolana, de 14 años de edad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

I
DE LOS HECHOS

En fecha 13 de Marzo de 2001, la adolescente Leidy salió de su casa rumbo al liceo pero en realidad se fue a encontrar con el ciudadano nombrado como José, y mantuvieron relaciones sexuales con mutuo consentimiento de ambos.

II
DE LAS INVESTIGACIONES

1.-Denuncia de fecha 26/03/2001, interpuesta por ante la Fiscalia Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por la ciudadana AMPARO DE JESÚS AGUDELO DE ZAPATA, Venezolana, CIV: 19.133.019.
2.-Acta de Investigación Penal de fecha 06/10/2005, suscrita por el funcionario Agente JIMMY JHON MORALES CHAVEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Seccional Rubio, donde deja constancia de practicar la siguiente diligencia policial; cumpliendo con el oficio 20F26-19-37-05, nos trasladamos para el Barrio La Integración, de la ciudad de Ureña, Estado Táchira, a fin de citar a la ciudadana AMPARO DE JESÚS AGUDELO DE ZAPATA.
3.-Entrevista rendida por ante este despacho fiscal en fecha 07-10-2005, por la ciudadana LEIDY JOHANA GOMEZ AGUDELO, quien expuso: “en ese tiempo yo me fui con el, y en ese mismo año nos casamos, tuvimos una niña pero el ya falleció y quiero que cierre el caso.

III
DEL DERECHO

Analizadas las actas que conforman la presente causa el Tribunal observa que no constan actuaciones que permitan establecer que estamos frente a la comisión de un hecho punible, por lo que, los hechos contenidos en esta causa no son típicos, debido a que mantuvieron relaciones sexuales la victima y el imputado con el consentimiento de los mismos, razón por la cual el Tribunal considera procedente decretar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano JOSE SIN MAS DATOS DE IDENTIFICACIÓN establecido en el Artículo 318 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, siendo innecesaria la convocatoria de la Audiencia prevista en el Articulo 323 eiusdem. Y así decide:

Por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:

ÚNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano JOSE sin mas datos de identificación, en perjuicio del adolescente ELIDÍ JOHANA GOMEZ AGUDELO, Venezolana, de 14 años de edad, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.



ABG. CLEOPATRA DEL VALLE AVGERINOS PINEDA
JUEZA SEGUNDO DE CONTROL



ABG. MARIFE JURADO DIAZ
SECRETARIA