REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
JUZGADO DE EJECUCION
SECCION PENAL DE ADOLESCENTES


San Cristóbal, 02 de Octubre de 2.006
196º y 147º


Definitivamente Firme como ha quedado la Decisión, dictada por el JUZGADO TERCERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTES, en fecha 02 de Agosto de 2006, que corre inserta a los folios 88 al 92 inclusive, sancionando con SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART.545 DE LA LOPNA), por el delito de ROBO ARREBATÓN, previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano NURI GUERRA VILLAMIZAR.

EJECUTESE LA MEDIDA IMPUESTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.

SERVICIOS A LA COMUNIDAD

El adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ART.545 DE LA LOPNA), deberá cumplir con la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES con una jornada de CUATRO (04) HORAS SEMANALES, en la Alcaldía del Municipio Independencia, a los fines de que realice en forma gratuita tareas de interés general.

Líbrese boleta de citación al mencionado adolescente, a fin de que comparezca el día MARTES DIEZ (10) DE OCTUBRE DE 2.006, por ante este Tribunal para que se comprometa a cumplir con la medida impuesta.

A los fines de dar cumplimiento a la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (06) MESES, se ordena oficiar a la Alcaldía del Municipio Independencia a los fines de que el referido Adolescente sea incorporado de forma gratuita a una actividad de interés general.
Notifíquese a las partes.
Déjese copia del presente auto para el Archivo del Tribunal.


ABG. NINA YUDERKYS GUIRIGAY MENDEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN


ABG. TRINEISA PADILLA CONTRERAS
SECRETARIA


En la misma fecha se libró Boleta de Citación al Adolescente, Boletas de Notificación a las partes y se oficio bajo el Nro. __________a la Alcaldía del Municipio Independencia.


NYGM/plcc
E-1.044/2006