REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 10 de octubre del 2006
196º y 147º
Visto el escrito, presentado por la ciudadana Doris Elisa Méndez Ponce en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual requiere de este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada por el Ministerio Público bajo el N° 20-F9-1220-03, y por este Tribunal con el Nº 4C-7494-06, seguida contra el ciudadano JOSE FREDDY MENDEZ DUQUE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-11.300.825, residenciado en la urbanización Pueblo Nuevo, casa sin número, Las Mesas, Municipio Antonio Rómulo Costa, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal vigente para la fecha del hecho, en concordancia con el artículo 417 ejusdem, en perjuicio del adolescente Luis Antonio Chávez, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.677.159, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, para decidir observa:
Consta en las actuaciones que conforman la presente causa, acta de investigaciones penales por accidente de tránsito Nº 031-03, de fecha 15 de agosto de 2003, en la que el funcionario Juan Antonio Vivas Rujano, expone: “Siendo aproximadamente las cuatro de la tarde del día 15 de agosto del 2003, fui comisionado… para que me trasladara a la Carretera Panamericana Entrada Principal, Urbanización Los Chinatos del Municipio Ayacucho… donde según información de un usuario de la vía, se había originado un accidente de Tránsito… me trasladé al sitio antes mencionado… y al llegar pude constatar que se trataba de un Volcamiento en la vía con saldo de dos personas lesionadas, a tal efecto se le participó al Fiscal del Ministerio Público de La Fría, quien giró instrucciones y se practicaran para las diligencias urgentes y necesarias para el esclarecimiento del hecho…”.
Por lo antes expuesto, se realizaron diligencias de investigación, constando en la investigación las siguientes actuaciones:
1.- Acta de Levantamiento de Accidente de Tránsito Nº 031-03, de fecha 15 de agosto de 2003, suscrita por funcionarios del Cuerpo Técnico de Transporte y Tránsito Terrestre, San Juan de Colón, en la cual consta las circunstancias de lugar, modo y tiempo en que ocurrió el hecho.
2.- Croquis del accidente elaborado por funcionarios del Cuerpo Técnico de Transporte y Tránsito Terrestre, San Juan de Colón, en el sitio del hecho.
3.- Acta de Revisión Mecánica de la motocicleta involucrada, suscrita por funcionarios del Cuerpo Técnico de Transporte y Tránsito Terrestre, San Juan de Colón, en la que se deja constancia de las condiciones generales de la misma.
4.- Reconocimiento médico forense Nº 9700-078-645, de fecha 21 de agosto de 2003, practicado al ciudadano Luis Antonio Chávez, en el cual se deja constancia que sufrió lesiones que ameritaron un tiempo de curación de treinta (30) días.
5.- Acta de Defunción Nº 124 de fecha 18 de agosto de 2003, expedida por la Prefectura del Municipio Ayacucho del estado Táchira, en la que consta que la causa del fallecimiento del ciudadano JOSE FREDDY MENDEZ DUQUE, se debió a paro cardiorespiratorio, shock neurogénico edema cerebral tec severo, según certificación del doctor Jerry José Gómez Díaz.
Por lo antes expuesto, considera esta Juzgadora, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal vigente para la fecha del hecho, en concordancia con el artículo 417 ejusdem. Sin embargo, se observa que en el hecho que dio origen a la presente averiguación, falleció el ciudadano JOSE FREDDY MENDEZ DUQUE, como consta en el acta de defunción Nº 124 expedida por la Prefectura del Municipio Ayacucho, conductor de la motocicleta donde viajaba como acompañante el adolescente Luis Antonio Chávez, quien resultó herido y ameritó un tiempo de curación de treinta (30) días, por lo que tal hecho si bien es cierto que reviste carácter penal, no menos es cierto que el conductor (imputado ) falleció, siendo procedente la solicitud de Sobreseimiento de la causa requerida por el Ministerio Público, conforme a lo establecido en el artículo 318 numerales 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano JOSE FREDDY MENDEZ DUQUE, ampliamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2º del Código Penal vigente para la fecha del hecho, en concordancia con el artículo 417 ejusdem, en perjuicio del adolescente Luis Antonio Chávez, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numerales 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial. Déjese copia para el copiador de decisiones.
ABG. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ EN FUNCIÓN DE CONTROL N° 04
ABG. ANGELICA JOVES CONTRERAS
SECRETARIA
4C-7494-06