REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En el día de hoy, lunes nueve de Octubre de dos mil seis, siendo las 09:30 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogado en ejercicio NILDA SEGOVIA ROSAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.187, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Calle Loma Linda, Quinta Filadelfia, Parroquia San Juan Bautista Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada BELKIS CAMARGO GRANADOS. (Deudora); en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES-INTIMACIÓN se sigue en el expediente Nº 4.388-2006 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Distinguido JACKSON GAMBOA, placa 2227. En este estado solicitó el derecho de palabra la abogado en ejercicio NILDA SEGOVIA ROSAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y concedido que le fue expuso: Por cuanto no es posible ubicar en este lugar bienes muebles propiedad de la parte demandada, solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se abstenga de la practica de la medida de Embargo Preventivo, reservándome el derecho de solicitar mediante diligencia se fije nueva oportunidad, es todo”. El Tribunal visto el pedimento realizado por la parte actora acuerda ABSTENERSE de la práctica de la medida de Embargo Preventivo para lo cual ha sido comisionado y ordena mantener la presente comisión en este Despacho. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:00 de la mañana. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ PROVISORIO,



ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,



ABG. NILDA SEGOVIA ROSAS




EL FUNCIONARIO POLICIAL,



Distinguido JACKSON GAMBOA

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,



MARTHA MILENA SILVA