JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, nueve de octubre de dos mil seis.
196º y 147º
De las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que se trata de un juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentado por PEDRO ANTONIO RANGEL COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° V-3.431.850, asistido por el abogado ANDRES ELADIO PERNIA MORA, contra NORBERTO ALEXANDER CHAVEZ CORTES, titular de la cédula de identidad N° V-12.230.169, de este domicilio y hábil; y vista la diligencia de fecha 26 de septiembre de 2006, mediante la cual las partes celebraron un convenimiento, en los siguientes términos:
El demandado convino en todas y cada una de sus partes en la demanda incoada en su contra, canceló los alquileres adeudados, solicito como fecha ultima en vista de no tener derecho a prorroga para entregar el local totalmente desocupado y solvente en todos los pagos, el día 28 de febrero de 2007. El demandante convino en la proposición realizada y solicito se declare terminada la misma luego que conste en autos los recibos cancelados de alquileres adeudados.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por la Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por el demandante PABLO ANTONIO RANGEL COLMENARES, asistido por el abogado Andrés Pernía Mora y por el demandado NORBERTO ALEXANDER CHAVEZ CORTES, asistido por el abogado Rodolfo José Rosales, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA,
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. El Juez temporal (fdo) ilegible. La Secretaria temporal (fdo) Ilegible. Hay sello húmedo del Tribunal.
Quien suscribe Anaminta Peñaloza Espinoza, Secretaria temporal del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal Y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, CERTIFICA: Que la anterior copia es traslado fiel y exacto a su original expediente N° 5148. La que se expide en San Cristóbal, a los nueve días del mes de octubre de dos mil seis.
Secretaria temp,
Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza